jueves, 20 de noviembre de 2008

DESARROLLO

PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS

PROCESO
Es el conjunto de acciones de carácter general que se establecen para cumplir con un objetivo, indicando quiénes participan en ellas, así como las responsabilidades que asumen.

Los procesos de acreditación:

• Tienen una naturaleza de índole pragmática.

• Son una traducción lo más fiel posible de los aspectos subjetivos, de reflexión, y de interpretación del quehacer académico de un programa, en la emisión de juicios de valor en una línea muy definida, con objeto de emitir un dictamen de acreditación fundamentado en bases comunes y lo más homogéneas posibles, para cualquier programa que sea sometido al proceso.

• Constituyen un instrumento ágil, confiable, eficaz y eficiente, de fácil interpretación, sin que por ello se pierda la profundidad y el valor del análisis de los aspectos más importantes que permiten determinar cuando un programa académico se desarrolla cumpliendo con normas y estándares mínimos de calidad.

Las instancias del Proceso de Acreditación

Hay dos instancias que participan en el proceso:

• Un programa de enseñanza de la ingeniería, respaldado por la unidad académica a la que está adscrita y por la Institución de Educación Superior (IES) a la que pertenece.

• El Consejo de Acreditación de la Enseñanza de la Ingeniería (CACEI), por medio de un Comité Evaluador (CE), la Comisión Técnica de la Especialidad (CTE) correspondiente al programa y el Comité de Acreditación (CA).

Los elementos del Proceso de Acreditación

Se consideran los siguientes:

• Decisión de sujetar el programa al proceso. Es una consecuencia de un deseo de mejorar la calidad de los servicios de educación que una IES brinda a través del programa académico (carrera). Implica compromiso de las distintas instancias que forman parte de la IES, entre las que queda incluida, en forma central, el programa.

• Sensibilización de la comunidad académica del programa y de las diferentes instancias de la IES la que pertenece éste. Implica un conjunto de estrategias para su logro.

• Autoevaluación del programa. Es una parte del proceso cuya responsabilidad recae de manera fundamental en el programa y deberá llevarse a cabo en la forma que establece el CACEI. El resultado de la autoevaluación le da al programa pautas para:
- Incorporar una serie de elementos a su planeación y desarrollo que le permitan mejorar su quehacer académico.
- Ubicarse en el contexto del cumplimiento de los requisitos esenciales contemplados en los estándares y parámetros, para efectos de obtener la acreditación

• La evaluación con fines de acreditación es responsabilidad del CACEI a través del Comité Evaluador.
• El dictamen para la acreditación corresponde a la Comisión Técnica de la Especialidad y al Comité de Acreditación del CACEI.


PROCEDIMIENTOS

Son los pasos a seguir que en forma específica se señalan como parte de un proceso.

Decisión
El programa, la unidad académica a la que está adscrito y la IES toman la decisión de sujetar éste a un proceso de acreditación.

Sensibilización
El programa, la unidad académica a la que está adscrito y la IES, establecen las estrategias y los mecanismos pertinentes para ello.

Autoevaluación
Considera:

• El establecimiento de un plan para realizarla: políticas, estrategias y mecanismos.
• La integración y capacitación del órgano responsable de llevar a cabo el proceso.
• El diseño del programa de actividades y del mecanismo de seguimiento.
• La puesta en operación.
• El seguimiento
Deberá:
• Considerar todos los estándares y parámetros del conjunto de indicadores en cada una de las categorías de análisis.
• Reunir toda la información a que hace referencia el Manual en la parte correspondiente, la cual almacenará en medios electrónicos.
• Realizar para cada indicador los juicios de valor de acuerdo con lo que pide el “Reporte de Evaluación”.

Los trámites y el proceso con CACEI:

• Es requisito para que se realice el proceso, que el programa haya recibido una capacitación respaldada por el CACEI.

• El programa deberá enviar al CACEI, en los plazos señalados, una solicitud escrita, manifestando su deseo para que sea sujeto al proceso de acreditación y aceptando las
condiciones, términos y compromisos establecidos para ello; el CACEI dará por escrito, la
respuesta pertinente.
Una vez que el programa haya realizado el pago de la cuota por los servicios correspondientes, enviará al CACEI la información que se señala a continuación:

• Una copia requisita da en papel, del documento que contiene la “Sección 5-Guía para la
Autoevaluación”, la “Sección 6-Información para la Acreditación” y la “Sección 7-Reporte
para la Evaluación”, y el “Anexo 3-Tablas y Encuestas”, todo esto con su respectivo respaldo en un disco compacto, en el cual se deberá incluir la documentación de apoyo a través de la Ligas indicadas.

• Tres copias en papel de la información anterior, pero sin que aparezca requisitada asección 7 correspondiente a “Reporte de Evaluación”, con su respaldo en disco compacto.
• Una copia en papel de la tabla de “Resumen de la Evaluación de los Indicadores” sin el llenado de las seis primeras columnas que corresponden a la Información en sus rubros de calidad y cantidad.

• Una copia en papel de la matriz FODAC.
Una vez recibida la información anterior, el CACEI propondrá al programa el Comité Evaluador responsable de llevar a cabo el proceso. El programa o la unidad académica a la que está adscrito, deberán manifestar su acuerdo. En el caso de que exista algún inconveniente en su integración, el programa solicitará al CACEI el o los cambios, señalando las razones para ello.
Una vez aprobado el Comité Evaluador, éste realizará una o más visitas al programa en cualquiera de las fechas en que haya labores, dentro del periodo que para ello tenga establecido el CACEI. El programa deberá enviar al CACEI, con la suficiente antelación, el calendario de actividades del periodo escolar en que se realizará la visita.
El CACEI realizará el proceso interno para la emisión del dictamen correspondiente en la fecha señalada para ello.

1. CONDICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DE LA ACREDITACIÓN

CASO A
El programa satisface en su totalidad los requisitos mínimos señalados en el documento correspondiente (“Resumen de la Evaluación de los Indicadores”), además cumple satisfactoriamente con los demás requisitos clasificados como complementarios. La acreditación se otorgará con una vigencia de cinco años contados a partir de la fecha en que se emita el dictamen correspondiente.
El programa tendrá la obligación de informar al CACEI durante el tercer año de vigencia de la acreditación, de las acciones que esté tomando para atender las recomendaciones que se hayan señalado en el acta del dictamen correspondiente.

CASO B
El programa no satisface hasta DOS de los requisitos mínimos señalados en el documento respectivo (“Resumen de la Evaluación de los Indicadores”), pero satisface los mínimos restantes y además cumple satisfactoriamente con los demás requisitos clasificados como complementarios. La acreditación se otorgará con una vigencia de tres años contados a partir de la fecha en que se emita el dictamen correspondiente.
El programa tendrá la obligación de informar al CACEI, durante el segundo año de vigencia de la acreditación, de las acciones que esté tomando para cumplir con los requisitos mínimos que no fueron satisfechos y las recomendaciones que le fueran señaladas en el reporte y en el acta del dictamen correspondiente.

CASO C
El programa satisface en su totalidad los requisitos mínimos señalados en el documento respectivo (“Resumen de la Evaluación de los Indicadores”), pero no cumple satisfactoriamente con un número apreciable de los requisitos clasificados como complementarios. La acreditación se otorgará con una vigencia de tres años contados a partir de la fecha en que se emita el dictamen correspondiente
El programa tendrá la obligación de informar al CACEI, durante el segundo año de vigencia de la acreditación, de las acciones que esté tomando para poder cumplir con los requisitos complementarios que no fueron satisfactorios y las recomendaciones que le fueran señaladas en el reporte y en el acta del dictamen correspondiente.
En cualquiera de los tres casos anteriores, el hecho de que el programa no informe al CACEI de las acciones que esté tomando para atender las recomendaciones que le fueron señaladas en el acta del dictamen correspondiente, o bien realice una modificación sustancial de las condiciones en que fue otorgada la acreditación sin la aprobación del CACEI, tendrá como consecuencia LA PÉRDIDA DE LA ACREDITACIÓN.

CASO D
El programa no satisface más de DOS requisitos mínimos señalados en el documento correspondiente (“Resumen de la Evaluación de los Indicadores”), o bien, un número apreciable de los señalados como complementarios, dará como resultado que el programa NO SE ACREDITE.



DESACARGAR ARCHIVO CACEI

DECARGAR ARCHIVO CACECA

PROCESOS

No hay comentarios: